Decreto N° 351/986
APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1986
Promulgación: 09/07/1986
Publicación: 13/08/1986
- Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Establécese que los quebrantos de caja, a partir del 1º de enero de 1986, serán calculados sobre los sueldos vigentes al 31 de diciembre de 1981.
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