Decreto N° 352/988
APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1988
Promulgación: 04/05/1988
Publicación: 14/10/1988
- Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 7
La prima por antiguedad se liquidará en el equivalente al 2% del
Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el Poder
Ejecutivo.
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