VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto Nº
315/994 de 5 de julio de 1994;
RESULTANDO: que la Comisión Asesora en Materia de Alimentos eleva
propuesta de modificaciones de los Capítulos 6 (art. 6.1.8.) y 11 (art.
11.1.3. Secc. 2) del citado Reglamento;
CONSIDERANDO: que fue aprobada por unanimidad por todos los miembros de
la mencionada Comisión Asesora;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: