Derogada/o por: Decreto Nº 156/016 de 30/05/2016 artículo 11.
VISTO: I) lo dispuesto por el artículo 97º (bis) de la Ley Nº 16.060, de
4 de setiembre de 1989, en la redacción dada por el artículo 61º de la
Ley 17.243, de 29 de junio de 2000, en cuanto a la obligación de las
sociedades de registrar sus Estados Contables ante el Organo Estatal de
Control.-
II) lo dispuesto en el Decreto Nº 253/2001 de 4 de julio de 2001, que
reglamentó dicha norma legal.-
CONSIDERANDO: que se ha estimado conveniente introducir algunos ajustes a
las disposiciones contenidas en el mencionado Decreto.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 353/001 de 06/09/2001 artículo 1.