Compensación Secretarías Directores. A las secretarías de cada Director
se le asignará una partida nominal mensual de $ 21.866,oo sujeta a
montepío, reajustable con el I.P.C. cada seis meses (mes base 100,
diciembre/10), a efectos de solventar los gastos derivados de atención y
representación que el desempeño de dichas tareas implica, y serán
distribuidas por cada Director en los porcentajes que estime conveniente
para cada una de las personas que tenga a su disposición, funcionario
público o no, sin que esta retribución implique ingreso a la función
pública, debiendo además presentar los recibos pertinentes a la Gerencia
de Contaduría, previo a la liquidación de la partida subsiguiente.
Estas compensaciones tendrán además los límites establecidos en los
artículos siguientes.