REGLAMENTACION DE LA LEY 20.280, POR LA CUAL SE CREA UNA SECCION DESTINADA A LA ORGANIZACION Y CONSERVACION DE DOCUMENTOS DEL PASADO RECIENTE Y LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, EN EL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
(Grupo de Trabajo).- Créase un Grupo de Trabajo integrado por representantes de los organismos señalados en el artículo 3 de la Ley N° 20.280 y un representante del Archivo General de la Nación, el que deberá constituirse dentro de los treinta días de promulgado el presente Decreto y tendrá como cometido la confección de un procedimiento integral que defina los criterios de obtención, organización, conservación, acceso y publicación de los documentos objeto de esta reglamentación, así como contemple todo aspecto necesario para la el cumplimiento de los objetivos asignados al Archivo creado, debiendo elevarlo a consideración del Poder Ejecutivo en un plazo no mayor a treinta días desde su constitución.