Sección: Ultimo Momento
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.795 de 17/08/2011, Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 447, Decreto Ley Nº 14.261 de 03/09/1974 artículo 5.
Capítulo IV - CAIVIS
(Integración).- La CAIVIS estará integrada por un representante del Ministerio de Economía y Finanzas y un representante del MVOTMA, con sus respectivos alternos. Cada ministerio designará y removerá a sus representantes.