RACIONALIZACION DE FUNCIONES NO INSPECTIVAS ASIGNADAS A INSPECTORES DE ACTUARIAS DE LOS JUZGADOS LETRADOS




Promulgación: 27/06/1978
Publicación: 10/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 1217

Artículo 2

   Las tareas complementarias a las puramente inspectivas, tales como
sumarios, informaciones y otras de análogo carácter, serán encomendadas a
los Inspectores de Actuarías de Juzgados Letrados, dentro del período
inspeccionarial que hubiere de corresponderles por el régimen de rotación
bienal al que se hallan sujetos administrativamente.
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