Deberes y obligaciones sociales. Los aspectos sociales se componen, a los efectos de esta reglamentación, del cumplimiento por parte del establecimiento de los deberes y obligaciones consagrados en los artículos 40 (Consentimiento informado), 28 (Ficha del usuario y contenido de la ficha del usuario), 41 (Contrato y contenido del contrato), así como todo lo relativo a derechos de los usuarios.