CREACION DEL GRUPO DE TRABAJO DE GOBIERNO ABIERTO, ESTABLECIENDO SU INTEGRACION Y COMETIDOS




Promulgación: 07/11/2016
Publicación: 14/11/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Ampliación de integración. Invitase a integrar el referido Grupo de Trabajo con un representante cada uno, al Poder Legislativo, al Poder Judicial, a la Universidad de la República (UDELAR) y al Congreso de Intendentes. Invítase asimismo a las organizaciones de la sociedad civil que se ocupen de temas vinculados con el Gobierno Abierto, a integrar el Grupo de Trabajo con dos representantes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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