REGLAMENTACION DE LA LEY 16.343 RELATIVO A LA INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS INSTITUTOS DE MEDICINA ALTAMENTE ESPECIALIZADA




Promulgación: 05/08/1993
Publicación: 13/08/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 134
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.343 de 24/12/1992.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DE LA COMISION TECNICA ASESORA

Artículo 30

   La Comisión Técnica Asesora creada por el artículo 10 de la ley 16.343
funcionará en la órbita del Ministerio de Salud Pública.
   La misma tendrá carácter honorario.
   Estará integrada por un representante del Ministerio de Salud Pública,
un representante de la Facultad de Medicina y un representante designado
por la Comisión Honoraria Administradora del Fondo Nacional de Recursos a
propuesta del Cuerpo Médico Nacional. Dicha propuesta deberá ser formulada
por entidades que - juntas o separadamente - representen a un 75% (setenta
y cinco por ciento) del referido Cuerpo Médico. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 36.
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