APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1987




Promulgación: 11/05/1988
Publicación: 14/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Fe de erratas publicada/s: 08/11/1988.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el decreto 84/984 de 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto lo concerniente a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, 
entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre componente nacional e importado para los que sólo requerirá la autorización del Jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los diez días subsiguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien deberá en igual plazo comunicar al Tribunal de Cuentas.
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