VISTO: el decreto Nº 296/984, de fecha 25 de julio de 1984 y la ley Nº
3606, del 13 de abril de 1910;
RESULTANDO: I) por el mencionado decreto se crea una Comisión Asesora de
Estudio de la problemática nacional sobre Residuos Biológicos en
Alimentos de origen Agropecuario, que actúa en la órbita del Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca;
II) la Dirección General de Servicios Ganaderos viene desarrollando las
actividades necesarias para lograr el cumplimiento del Programa Nacional
de Residuos Biológicos desde el año 1978, a efectos de mantener al país
habilitado como proveedor de carne y productos cárnicos a los más
exigentes mercados;
CONSIDERANDO: I) la evolución científica observada en los últimos años en
el tema de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes
ambientales en alimentos de origen animal, determina la conveniencia de
adecuar el Programa Nacional de Residuos Biológicos y su Organismo
Directivo y Administrador, así como identificar la autoridad competente
que dirija y administre las actividades referidas al Programa que se
efectúen en el territorio nacional;
II) la competencia de la Dirección General de Servicios Ganaderos en el
Area de Gerenciamiento de Programas de Inocuidad de Alimentos, otorgada
por el decreto Nº 24/998, de 9 de febrero de 1998, referente a la
reformulación de la estructura organizativa del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca;
III) la responsabilidad de asegurar: la inocuidad de la carne y productos
cárnicos para consumo humano;
IV) necesario, por tanto, ajustar la estructura organizativa
correspondiente a fin de garantizar el cumplimiento del Programa Nacional
de Residuos Biológicos;
ATENTO: a lo precedentemente, expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
El Programa Nacional de Residuos Biológicos en alimentos de origen
animal, funcionará en la órbita de la Dirección General de Servicios
Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
BATLLE - MARTIN AGUIRREZABALA - CONRADO BONILLA - SAUL IRURETA