APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 1990




Promulgación: 15/07/1991
Publicación: 19/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
 Visto: el Presupuesto Operativo , de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco de Seguros del Estado correspondiente al ejercicio
1990.

 Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe el Tribunal de Cuentas su dictamen.

 Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República.

 El Presidente de la República

                              DECRETA

Artículo 1

   Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de
Seguros del Estado correspondientes al ejercicio 1990, de acuerdo con el
siguiente detalle. Forman parte integrante de este decreto las condiciones
generales, estado y planillados que acompañan este presupuesto, salvo
disposición expresa en contrario. 


   I. RECURSOS    N$ 352.599:486.000

      Premios 209.929:506.000
      Comisiones y reaseguros pasivos   8.047:768.000
      Siniestros Recuperac. reaseguros  5.582:237.000
      Otros ingresos ajenos al giro     82.648:321.000
      Impuestos Recup. reaseguros       731:986.000
      IVA a facturar                   45.659:668.000

                               --------

   II. PRESUPUESTO OPERATIVO                    236.266:336.124

   Rubro         Denominación                   N$             N$

   0             RETRIB. SERV. PERS.                        14.204:275.166
   011311        Sueld. Bás. C. Presup       7.509:300.127    
                 Directorio                     57:441.700
   018           Sueldos progresivos por
                 categorías                     70:891.260
   019311        Sueldo anual
                 Complement. c/Presup.       1.270:728.474
   021321        Sueldos básicos
                 Pers. Contrat.              1.259:473.230
   029311        Suedo anual 
                 Complemen. c/ Contrat.        128:301.412
   051           Honorarios                    757:987.000
   051           Honorarios Liquidac.
                 pólizas Accid.                127:000.000
   052           Honorarios médicos             94:038.000
   061311        Trabajo en horas extras       609:773.584
   062301        Gastos de representación
                 Directorio                      6:868.594
   063           Compensac. estudios
                 especializados                  8:680.050
   064           Prima por Antigüedad          789:635.000
   065           Comisiones de cobranza        829:209.600
   066           Compensac. por Subrogac.       18:841.663
   068           Funciones distintas
                 al cargo                      159:621.373
   069           Trabajo nocturno               53:494.352
   077           Quebranto de caja             167:938.000
   078           Compensac. Secretaría
                 Directorio                     12:797.600
   079           Compensac. Profesionales
                 Universit.                     59:033.000
   08011         Adelanto a cuenta
                 presupuestados                  2:966.400
   08021         Adelanto a cuenta
                 contratados                       432.000
                 - Reroact. Leyes
                 Nos. 15.787 y 15.851           46:420.147
                 -Licencias no gozadas          140:000.000
                 -Subsidio ex-directores         23:402.600
                                                    --------

   1             CARGAS LEGALES S/SERVS.
                 PERSONALES                                  5.642:745.733

   111           Aporte patronal jubilatorio  4.549:426.945  
   123           Aporte patronal al FNV         162:359.164
   125           Aporte Patr. seguro
                 Accid. de trabajo               36:389.325
   126           Aporte patronal al 
                 seguro de retiro               660:922.979
   131           Impuesto s/retribuciones       233:647.320
                                                    -------

   2  MATERIALES Y SUMINISTROS                               2.764:623.563                 

   3  SERVICIOS NO PERSONALES                                3.852:289.391

   7  SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                       8.445:958.321

   742           Contrb. guardería funcionarios    38:305.202                  
   744           Donaciones                         6:380.464
   745           Transf. deportivas, culturales, etc.   1.286
   749           Otras prestaciones                   255.224
   751           Prima por matrimonio               4:785.920
   752           Hogar Constituido                410:739.840
   753           Prima por nacimiento               9:571.840
   754           Prestación por hijo              127:676.913
   758           Prestación por Alimentac.
                 Contrat.                         382:909.050
   759           Prestación por Alimentac.
                 Presup.                        2.188:556.000
   774           Compensación por
                 asistencia médica              2.341:920.000
   775           Asistencia médica a pasivos      602:700.000
   781           Afil. a organismos de Seg. social    577.500
   791           Tributos nacionales            2.071:536.971
   792           Tributos municipales             260:042.111
                                                      -------

   8   SERVICIOS DE DEUDA Y ANTICIPOS                      201.033:334.806

   9   ASIGNACIONES GLOBALES                      323:109.144
                                                          ------

   III. PRESUPUESTO DE INVERSIONES                           2.619:791.000

   Rubro          Denominación            N$

   4   MAQUINARIA, EQUIPO Y MOB. NUEVOS
1.875:711.000

   6   CONSTRUC., MEJORAS Y REP. EXTRAORD.                     744:080.000
                                                                ------

   La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan y que forman
parte integrante de este decreto.
   Las inversiones se regularán por las normas del decreto 84/984 de 1°
de marzo de 1984 y modificativas, excepto lo concerniente a trasposiciones
de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, entre rubros de un
mismo proyecto, así como modificaciones entre componente nacional e
importado que sólo requerirá la autorización del jerarca del Organismo,
dando cuenta dentro de los diez días subsiguientes a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, quien en igual plazo deberá comunicar al
Tribunal de Cuentas.
   Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales" y 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, está expresadas a precios de enero-diciembre de 1990.
   Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extrajera están estimadas a la cotización de N$ 1.155 (nuevos pesos mil ciento cincuenta y cinco) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondiente a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio de enero-diciembre de 1990.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 361/991 de 
15/07/1991.

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA
Ayuda