FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. JULIO 1985




Promulgación: 17/07/1985
Publicación: 25/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 61

Artículo 2

   Los funcionarios docentes percibirán un incremento del 25% sobre sus
retribuciones en lugar del porcentaje establecido en el artículo anterior.
Dicho porcentaje será aplicado con los mismos criterios que los definidos
en el artículo anterior, y se aplicará asimismo sobre las partidas fijas
dispuestas por los artículos 1º y 2º del decreto 180/985, de 15 de mayo de
1985 mencionado.
Referencias al artículo
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