CREACION DE UNA COMISION EJECUTORA PARA PROGRAMAR COORDINAR ASESORAR APOYAR Y CONTROLAR LA FORMACION DESARROLLO Y EVOLUCION DE LAS COOPERATIVAS AGROINDUSTRIALES




Promulgación: 25/06/1980
Publicación: 15/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1371
  Visto: la ley 14.827 de 20 de setiembre de 1978 que aprueba la
constitución y funcionamiento de Cooperativas Agro-Industriales.

  Considerando: la conveniencia de crear una Comisión Ejecutora
responsable que programe, coordine, asesore, apoye y controle la
formación, desarrollo y evolución de las Cooperativas Agro-Industriales
integradas al efecto con delegados del sector público representativos de
los organismos competentes de la materia que se trata.

  Atento: a lo expuesto,

                     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Créase una Comisión Ejecutora que se integrará con un delegado del
Ministerio de Industria y Energía que la presidirá, un delegado del
Ministerio de Agricultura y Pesca, un delegado del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y un delegado del Banco de la República Oriental del
Uruguay, con el cometido de programar, coordinar, asesorar, apoyar y
controlar la formación, desarrollo y evolución de las Cooperativas
Agro-Industriales.

Artículo 2

   El Ministerio de Industria y Energía proporcionará a la Comisión
Ejecutora todos los medios necesarios que se requieran para el
cumplimiento del cometido asignado.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - JUAN C. CASSOU -
ERNESTO ROSSO
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