CREACION DE UNA COMISION EJECUTORA PARA PROGRAMAR COORDINAR ASESORAR APOYAR Y CONTROLAR LA FORMACION DESARROLLO Y EVOLUCION DE LAS COOPERATIVAS AGROINDUSTRIALES
Visto: la ley 14.827 de 20 de setiembre de 1978 que aprueba la
constitución y funcionamiento de Cooperativas Agro-Industriales.
Considerando: la conveniencia de crear una Comisión Ejecutora
responsable que programe, coordine, asesore, apoye y controle la
formación, desarrollo y evolución de las Cooperativas Agro-Industriales
integradas al efecto con delegados del sector público representativos de
los organismos competentes de la materia que se trata.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Créase una Comisión Ejecutora que se integrará con un delegado del
Ministerio de Industria y Energía que la presidirá, un delegado del
Ministerio de Agricultura y Pesca, un delegado del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y un delegado del Banco de la República Oriental del
Uruguay, con el cometido de programar, coordinar, asesorar, apoyar y
controlar la formación, desarrollo y evolución de las Cooperativas
Agro-Industriales.
MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - JUAN C. CASSOU -
ERNESTO ROSSO