(Autorización Ambiental) Cuando por las características del proyecto de riego corresponda tramitar la correspondiente Autorización Ambiental Previa, el solicitante deberá presentarse ante la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en la forma y condiciones previstas por el Decreto N° 349/005, de 21 de setiembre de 2005, y sus modificativos.-