FIJACION DE PRECIOS DE HACIENDAS VACUNAS, FAENADAS POR LOS FRIGORIFICOS HABILITADOS PARA LA EXPORTACION




Promulgación: 28/06/1977
Publicación: 05/07/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 1420
Referencias a toda la norma

Artículo 2

Mantiénense, para las restantes categorías y calidades de haciendas
vacunas faenadas por los frigoríficos habilitados para la exportación, no
incluidas en el artículo 1º del presente decreto, los precios máximos y
mínimos por kilogramo de carne caliente en segunda balanza previo
"dressing" de exportación, establecidos en el artículo 1º del decreto
66/977, del 1º de febrero de 1977. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
Referencias al artículo
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