RECOPILACION DE DISPOSICIONES RELATIVAS AL IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES




Promulgación: 24/06/1976
Publicación: 30/06/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1345

Artículo 2

Contribuyentes.- Son contribuyentes del impuesto:

a)   La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland;

b)   Las compañías petroleras comprendidas en los convenios con ANCAP que
     quedaron caducos; y

c)   Los importadores de bienes gravados no comprendidos en los literales

     anteriores. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 6 Derogada/o y 9.
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