APROBACION DE MEDIDAS PARA QUE LOS USOS DE LAS AGUAS PUBLICAS ASEGUREN EL CAUDAL QUE PERMITA LA PROTECCION DEL AMBIENTE Y CRITERIOS DE MANEJO AMBIENTALMENTE ADECUADOS DE LAS OBRAS HIDRAULICAS




Promulgación: 05/11/2018
Publicación: 13/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   (Concepto) A los efectos del presente decreto, se entenderá por caudal ambiental, el régimen hidrológico de un cuerpo o curso de agua o sus tramos, necesario para sostener la estructura y funcionamiento de los ecosistemas correspondientes y el mantenimiento de los servicios ecosistémicos asociados en la cuenca. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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