SE DISPONE QUE LA DIRECCION NACIONAL DE CORREOS PASE AL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA




Promulgación: 25/06/1980
Publicación: 17/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1375
Referencias a toda la norma
    Visto: lo dispuesto por el artículo 8, numeral 20 del decreto 574/974,
de 12 de julio de 1974 y modificativos, que establece que corresponde al
Ministerio de Industria y Energía lo concerniente a "Correos".

    Considerando: que se estima más adecuado de acuerdo a sus fines y
cometidos que sea el Ministerio de Educación y Cultura, quien, en el
futuro, asuma tal competencia, en virtud de la influencia que estos
servicios pueden desarrollar en el plano educacional y cultural.

    Atento: a lo dispuesto en el artículo 174, inciso 2 de la Constitución
de la República,

       El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA:

Artículo 1

   Agrégase al artículo 6º del decreto 574/974, de 12 de julio de 1974 y modificativos, el siguiente numeral: "29. Correos".

Artículo 2

    Suprímese el numeral 20 del artículo 8 del decreto mencionado
anteriormente.

Artículo 3

   Dispónese que el Programa de funcionarios 1.10 Unidad Ejecutora 06,
Sector 07, del Inciso 8 "Servicios Postales", así como su Unidad Ejecutora
"Dirección Nacional de Correos", pase a depender del Ministerio de
Educación y Cultura con sus bienes, servicios y funcionarios".

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - JULIO C. LUPINACCI - ERNESTO ROSSO - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - JUAN C. CASSOU - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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