Los porcentajes de exportación compensatoria dispuestos por el artículo
3 y 9 del decreto 232/980, del 24 de abril de 1980 pasarán al 30% a partir
del 1º de enero de 1982 para la importación de kits de la categoría C, D1,
D2, D3, E y de vehículos armados en origen.