VISTO: lo establecido en la Ley N° 14.826 de 12 de setiembre de 1978 por
la cual se establece el pago del servicio de distribución de billetes de
Loterías.
CONSIDERANDO: que se hace necesario que la Dirección de Loterías y
Quinielas proceda a realizar un cambio en el criterio de la distribución
de los billetes de Lotería debido a que los cambios tecnológicos operados
en la impresión de la numeración de los mismos, permite la asignación de
los repartos de acuerdo a lo solicitado.
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Dirección Nacional de
Loterías y Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 359/978 de 28/06/1978
artículo 7.