INCORPORACION AL DERECHO POSITIVO NACIONAL LA RESOLUCION DEL MERCOSUR (GMC) N° 37/22, POR LA QUE SE DEROGO LA RESOLUCION GMC N° 10/12, QUE ADOPTABA EL SUB-ESTANDAR 3.7.8 "REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA BRASSICA NAPUS VAR. OLEIFERA (CAÑOLA O COLZA) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Adóptase el Sub-Estándar 3.7.8 "Requisitos Fitosanitarios para Brassica napus var. oleifera (canola o colza) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR", (*) cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.