REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 348 A 352 DE LA LEY 19.889 (LEY DE URGENTE CONSIDERACION. LUC. LEY DE URGENCIA), RELATIVO AL OTORGAMIENTO A LA ANP, LAS FUNCIONES DE ADMINISTRACION, CONSERVACION Y DESARROLLO DE LOS PUERTOS QUE SE DETERMINAN



Referencias al artículo 1

AÑO 2023
Decreto Nº 121/023 de 13/04/2023 artículo 1
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