EMISION DE DEUDA PUBLICA




Promulgación: 17/12/1998
Publicación: 29/12/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1399

Artículo 2

Los Bonos que se emitan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º
serán entregados a la Corporación Nacional para el Desarrollo, como
capital integrado por el Estado.-
 La Corporación Nacional para el Desarrollo emitirá las acciones
intransferibles representativas de la integración de capital por el
Estado.- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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