Reglamentario/a de: Ley Nº 15.896 de 15/09/1987.
CAPÍTULO IV - DEL MODELO DE GESTIÓN
Todos los tipos de gestión se regirán, además, por lo dispuesto en los instructivos técnicos, tablas, anexos y notas aplicables en cada caso.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 55 (vigencia).