REGLAMENTACION DE LA LEY 15.896, RELATIVO A LA REGULACION DE LAS HABILITACIONES QUE OTORGA LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS Y DEROGACION DE LOS DECRETOS 260/013, 150/016, Y 184/018
Exhórtase a las Intendencias Departamentales de todo el país, en la instancia de otorgar las finales de obra de las viviendas colectivas o proceder a habilitar o controlar el funcionamiento de las construcciones en las que se desarrollen usos no residenciales, a tomar las medidas necesarias para asegurar que las mismas cuenten con la autorización de la Dirección Nacional de Bomberos.