REGLAMENTACION DE LA LEY 15.896, RELATIVO A LA REGULACION DE LAS HABILITACIONES QUE OTORGA LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS Y DEROGACION DE LOS DECRETOS 260/013, 150/016, Y 184/018
Cuando se verifiquen infracciones a lo dispuesto en la reglamentación, se aplicarán sanciones a los propietarios, técnicos y empresas intervinientes en el suministro, instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de los diferentes dispositivos o sistemas, en lo que a cada uno corresponda.