CREACION DE LA COMISION ASESORA PARA LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ




Promulgación: 07/10/1983
Publicación: 26/10/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 792
  Visto: el régimen regulador de la industria automotriz.

  Considerando: I) La conveniencia de crear una Comisión Asesora del Poder
Ejecutivo y del Ministerio de Industria y Energía en lo atinente a la
formulación y aplicación del referido régimen;

II) La necesidad de complementar las disposiciones establecidas en el
decreto 233/983, del 12 de julio de 1983.

  Atento: a lo expuesto,

                         El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Créase una Comisión Asesora, en la órbita del Ministerio de Industria y
Energía, que reglamentará el funcionamiento de la misma.

   Dicha Comisión tendrá los siguientes cometidos:

1º) Asesorar al Poder Ejecutivo en la formulación de la política
    sectorial aplicable al régimen regulador de la industria automotriz;

2º) Asesorar al Ministerio de Industria y Energía en todo lo relativo
    al cumplimiento de los cometidos y atribuciones asignadas a esa
    Secretaría de Estado por decreto 359/981, de fecha 24 de julio de
    1981 y en general en la ejecución y aplicación de la política
    sectorial aprobada por el Poder Ejecutivo.

   Dicha Comisión estará integrada por nueve miembros, delegados
respectivamente por

a) El Ministerio de Industria y Energía (que la presidirá);
b) El Ministerio de Economía y Finanzas;
c) El Ministerio de Relaciones Exteriores;
d) SEPLACODI;
e) El Banco de la República Oriental del Uruguay;
f) Los fabricantes de autopartes;
g) Las empresas importadoras de vehículos automotores;
h) Las empresas ensambladoras de los mismos vehículos;
i) Las empresas concesionarias de marcas de vehículos automotores.

   El Ministerio de Industria y Energía determinará la forma de
designación de los delegados de las instituciones privadas.
Referencias al artículo

ALVAREZ - JUAN A. CHIARINO ROSSI - HEBERT ARBUET VIGNALI - LIONEL O. RIAL
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