EXONERACION DE LA OBLIGACION DE CONSTITUIR GARANTIA DE FUNCIONAMIENTO A
LAS EMPRESAS CONSTITUIDAS COMO CONSECUENCIA DE PROYECTOS DE INNOVACION EN
MATERIA TURISTICA
La exoneración dispuesta por el artículo anterior tendrá una vigencia de
dos años, debiendo adecuar su actividad a la reglamentación vigente previo
al inicio del tercer año de actividad.