En la oportunidad de efectuarse cada pago, el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas retendrá una suma equivalente al 10% del porcentaje
asignado en el respectivo Pliego y lo verterá en la Cuenta de la Caja de
Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, abierta a tales
efectos en el Banco de la República Oriental del Uruguay.