Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Autorízase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente a disponer de hasta el 5% (cinco por ciento) de los ingresos del
Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, a fin de solventar las
erogaciones tanto de funcionamiento como de inversión, no imputables
directamente al costo de obras.