POLITICA NACIONAL DE VIVIENDA




Promulgación: 19/08/1993
Publicación: 07/09/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Autorízase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente a disponer de hasta el 5% (cinco por ciento) de los ingresos del
Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, a fin de solventar las
erogaciones tanto de funcionamiento como de inversión, no imputables
directamente al costo de obras. 
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