Ver en esta norma, artículo: 4.
Por igual plazo, las erogaciones resultantes se financiarán con los recursos previstos en el artículo 41º de la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992 los que, a esos efectos, percibirá la ex Administración Nacional de los Servicios de Estiba (ANSE).