PRORROGA PAGO DE LIQUIDACION DE PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LOS SERVICIOS DE ESTIBA




Promulgación: 26/09/2001
Publicación: 03/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 750
Ver en esta norma, artículo: 4.

Artículo 4

 Si durante la prórroga que se autoriza por el artículo 1º se 
redistribuyera algún empleado de la ex Administración Nacional de los 
Servicios de Estiba (ANSE), el monto de los haberes no abonados por ésta 
será vertido a Rentas Generales.
Referencias al artículo
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