Se entiende por concurso de méritos y antecedentes aquél que establece el
ordenamiento de los aspirantes en base a los puntajes asignados en:
a) Méritos y Antecedentes. Valor 40%.
b) Evaluación Psicotécnica, valor 25%, y/o entrevista con el Tribunal,
valor 35%.
En caso de que se evalúen los méritos y antecedentes y se opte sólo por la
psicotécnica, o se opte sólo por la entrevista con el Tribunal, los
valores serán los siguientes:
- Méritos y antecedentes, valor 60%.
- Evaluación psicotécnica o entrevista con el Tribunal, valor 40%.
Las bases, en cada caso, determinarán el porcentaje asignable a méritos y
el asignable a antecedentes sobre el total del porcentaje de méritos y
antecedentes.