El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
El Ministerio de Economía y Finanzas transferirá a la Agencia Reguladora de Compras Estatales la totalidad de la partida dispuesta por el artículo 157 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, simultáneamente con la redistribución de aquellos funcionarios que hayan optado por la incorporación referida, debiendo reasignarse a esos efectos el crédito presupuestal del Objeto del gasto 042.516 "Compensación UCA", su correspondiente aguinaldo y cargas legales, desde el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" al Inciso 02 "Presidencia de la República", Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes".