Visto: la gestión iniciada por el Comando General del Ejército para la
creación de un Organo de Comando de la Enseñanza Militar.
Resultando: que por decreto 571/973, Capítulo II, de la Organización del
Ejército en tiempo de paz, se estableció la dependencia directa con el
Comando General del Ejército de las escuelas e institutos militares de
enseñanza.
Considerando: que es conveniente agrupar a dichas escuelas e institutos
bajo un Comando único con la doble finalidad de reducir las direcciones a
atender, así como lograr la imprescindible coordinación que el sistema de
capacitación profesional reclama.
Atento: a los fundamentos expuestos,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Créase el Comando General de la Enseñanza Militar, directamente
dependiente del Comando General del Ejército, con la siguiente misión:
I) Dirigir, coordinar, planificar y supervisar las actividades de los
distintos órganos de enseñanza;
II) Recomendar al Mando la doctrina de la enseñanza;
III) Mantener el estado de capacitación en todos los niveles, que permita
cumplir con las misiones asignadas.