FIJACION DEL VALOR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD. SETIEMBRE 1984




Promulgación: 11/09/1984
Publicación: 30/10/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 562
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Fíjase en la suma de N$ 28.00 (nuevos pesos veintiocho) el valor de los
Certificados y/o Constancias que expide la Dirección Nacional de
Identificación Civil, en ejercicio de sus atribuciones.
Referencias al artículo
Ayuda