INCREMENTO DE LA CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. ENERO 2016




Promulgación: 31/12/2015
Publicación: 28/01/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   El valor de la cuota salud del Fondo Nacional de Salud, previsto en el artículo 55 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, así como el valor de la cuota salud para los hijos de los asegurados entre 18 y 21 años, referido en el artículo 64 de dicha Ley, se incrementarán a partir del 1° de enero de 2016, de acuerdo al siguiente detalle:
a) valor de cápita base: 6,43% (seis con cuarenta y tres por ciento);
b) componente metas: 5,69% (cinco con sesenta y nueve por ciento);
c) sustitutivo de tickets: 5,69% (cinco con sesenta y nueve por ciento).
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