El importe de toda la recaudación será destinado a la Prefectura Nacional
Naval para el mantenimiento y adquisición de nuevos equipos y obtención de
facilidades de comunicaciones de dicho Organismo.
Los fondos que se obtengan por dicha prestación serán depositados en la
Cuenta Nº 33839/410 "Salvaguarda de Vidas en el Mar", del Banco de la
República Oriental del Uruguay, contra la cual se girará para cumplir con
el destino dispuesto". (*)
(*)Notas:
Inciso final agregado/s por: Decreto Nº 283/984 de 17/07/1984 artículo 1.