PRECIO BASE PARA EL PRODUCTOR DE LECHE. SETIEMBRE 2002




Promulgación: 30/09/2002
Publicación: 04/10/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1006

Artículo 5

 El aporte referido en el artículo precedente, deberá ser depositado en 
la referida cuenta especial dentro del plazo de 15 días corridos de 
efectuada la retención, en cualquier dependencia del Banco de la 
República Oriental del Uruguay.
Referencias al artículo
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