REGLAMENTACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS




Promulgación: 07/12/1999
Publicación: 15/12/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1364
Derogada/o por: Decreto Nº 129/005 de 04/04/2005 artículo 28.
VISTO: la necesidad de una nueva Reglamentación para el funcionamiento de
los Laboratorios de Análisis Clínicos;

RESULTANDO: que por Resolución Ministerial de 24 de noviembre de 1995, se
creó una Comisión con el fin de redactar la nueva Reglamentación para su
funcionamiento, estableciendo los requisitos y exigencias;

CONSIDERANDO: I) que la precitada Comisión elevó el proyecto respectivo,
el cual se ajusta a derecho;

II) que la División Jurídico-Notarial informa favorablemente al
respecto;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 384/999 de 07/12/1999 artículo 1.

SANGUINETTI - RAUL BUSTOS
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