DECLARACION DE INTERES NACIONAL. ACTIVIDAD AGROINDUSTRIAL DE PRODUCCION DE ALIMENTOS




Promulgación: 09/07/1980
Publicación: 23/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 139

Artículo 2

   Para acceder a los beneficios promocionales previstos en la ley 14.178,
de Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974 las empresas que se
dediquen a esa actividad deberán presentar ante el Ministerio de Industria
y Energía un proyecto de inversión que resulte viable, técnica, comercial,
financiera y económicamente. La Unidad Asesora de Promoción Industrial, en
la evaluación de cada proyecto y a los efectos del otorgamiento de los
beneficios que se consideren adecuados en ocasión de cada estudio
individual, tendrá en cuenta, además fundamentalmente: el grado de
integración intersectorial del proceso productivo, la diversificación de
los productos y mercados, el aprovechamiento integral de las especies
procesadas, el grado en que propende a una racional descentralización
industrial y el cumplimiento actualizado de las normas técnicas de control
de la elaboración y de la contaminación ambiental.
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