Visto: el decreto 173/983, de 3 de junio de 1983 que reordena las normas
que regulan la forma, expedición y vigencia de los documentos de viaje,
ajustando las disposiciones que rigen en la materia.
Atento: a que resulta necesario disponer las medidas administrativas
conducentes a la aplicación uniforme del mencionado decreto,
El Presidente de la República
DECRETA: