Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea solicitando
la modificación de los artículos 19 y 21 del Reglamento de Calificación
del Personal Superior de la Fuerza Aérea aprobado por decreto 541/978,
de fecha 19 de setiembre de 1978.
Considerando: I) Que el referido Reglamento en su Capítulo IV prevé las
instancias a seguir respecto al recurso sobre el Informe Anual de
Calificación, pero en cambio no existe disposición alguna que contemple
el procedimiento a seguir cuando la impugnación sea sobre la calificación
parcial del Informe de Calificación;
II) Que resulta necesario precisar el alcance de las referidas normas a
los efectos de su correcta aplicación.
Atento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de
Defensa Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícanse los artículos 19 y 21 del Reglamento de Calificación del
Personal Superior de la Fuerza Aérea aprobado por decreto 541/978, de
fecha 19 de setiembre de 1978, los que quedarán redactados de la
siguiente manera: (*)