REGLAMENTACION DE LA LEY 19.258 RELATIVA A LA CREACION DEL COLEGIO VETERINARIO DEL URUGUAY




Promulgación: 19/11/2018
Publicación: 26/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.258 de 28/08/2014.

CAPÍTULO V - DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
DISPOSICIONES COMUNES A LOS CONSEJOS NACIONAL Y REGIONALES

Artículo 24

   Los Consejos podrán sesionar cuando asistan la mayoría simple de sus miembros veterinarios, y tomarán resoluciones por mayoría simple de presentes, siempre que la Ley o este Decreto Reglamentario no requieran mayorías especiales para ciertos casos.
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