REGLAMENTACION DE LA LEY 19.258 RELATIVA A LA CREACION DEL COLEGIO VETERINARIO DEL URUGUAY




Promulgación: 19/11/2018
Publicación: 26/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.258 de 28/08/2014.

CAPÍTULO VI - DEL CÓDIGO DE ÉTICA VETERINARIO
                     (DE SU ELABORACIÓN Y APROBACIÓN)

Artículo 30

   Vencido el término establecido en el Artículo anterior, el Consejo Nacional deberá someter a aprobación plebiscitaria el proyecto definitivo entre todos los veterinarios colegiados, en un plazo de noventa días contados a partir del día siguiente al del vencimiento antes referido.
Ayuda