REGLAMENTACION DE LA LEY 19.258 RELATIVA A LA CREACION DEL COLEGIO VETERINARIO DEL URUGUAY




Promulgación: 19/11/2018
Publicación: 26/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.258 de 28/08/2014.

CAPÍTULO VII - DEL TRIBUNAL DE ÉTICA VETERINARIO

Artículo 38

   El Tribunal actuará por un período de tres años y estará integrado por cinco miembros veterinarios con voz y voto que deberán tener más de diez años de ejercicio profesional y reconocida idoneidad moral y ética, electos por voto secreto y obligatorio en el mismo acto eleccionario.
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